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Devolución de las sanciones por falta de declaración al RUT

El fallo del Tribunal Supremo supone el reembolso de las sanciones por falta de declaración al RUT. Inspección de Trabajo reabre los casos de infracción del deber de declaración al RUT sucedidos en el período comprendido entre el 1 de enero de 2011 y el 24 de junio de 2019. Ello significa, entre otras cosas, que se le reembolsarán las sanciones abonadas relativas al deber de declaración al RUT.

Cuando un proveedor de servicios extranjeros presta servicios en Dinamarca, debe declarar los trabajos al registro RUT, indicando la dirección donde se prestan los servicios. Esto garantiza, entre otras cosas, que Inspección de Trabajo pueda llevar control sobre el deber de declaración al registro RUT y supervisión del entorno laboral.

En el período comprendido entre el 1 de enero de 2011 y el 24 de junio de 2019, los datos correspondientes a las direcciones fueron de acceso público.

El Tribunal Supremo, mediante sentencia de 30 de noviembre de 2020, falló que el acceso público a los datos sobre direcciones infringía el artículo 56 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE). La razón aducida fue que dicho acceso constituía una restricción a los proveedores de servicios extranjeros que iba más allá de lo necesario para lograr los propósitos del registro RUT.

El hecho de que la restricción fuera contraria al artículo 56 (Derecho de la UE), unido al hecho de que no hubiera sido posible para el proveedor de servicios extranjeros realizar una declaración correcta al RUT sin introducir los datos sobre la dirección, llevó al Tribunal Supremo a absolver al proveedor de servicios extranjeros de responsabilidad penal.

La sentencia del Tribunal Supremo es fundamental, y supone que Inspección de Trabajo reabrirá ahora los casos de incumplimiento del deber de declaración al registro RUT relativos al período comprendido entre el 1 de enero de 2011 y el 24 de junio de 2019, que se hubieran resuelto con sanción administrativa.

Tenga en cuenta que las normas sobre obligación de notificación al registro RUT desde el 25 de junio de 2019 se ajustan a la legislación de la UE, dado que ya no hay acceso público a la información sobre el lugar de entrega. Por tanto, los proveedores de servicios extranjeros que presten servicios en Dinamarca deberán continuar realizando la declaración al registro RUT.

Inspección de Trabajo se pondrá en contacto con usted o con su empresa

Si usted o su empresa han recibido una sanción administrativa de la Inspección de Trabajo por violación del deber de declaración al RUT en el período comprendido entre el 1 de enero de 2011 y el 24 de junio de 2019, recibirá una nueva resolución de sobreseimiento del caso y anulación o devolución de la sanción.

En algunos casos, Inspección de Trabajo también le enviará un correo electrónico a usted o a su empresa solicitando que les envíen los datos sobre su dirección. Dichos datos se utilizarán para remitirle a usted o a su empresa de forma segura la nueva resolución.

Cuando reciba la nueva resolución, se le solicitará, además, que envíe sus datos bancarios a la administración pública en caso de que a usted o a su empresa se les vaya a realizar un reembolso de dinero. Inspección de Trabajo es la responsable de la devolución de las sanciones.

¿Cuándo se devolverá el dinero?

Inspección de Trabajo trabaja con la mayor rapidez posible, pero es de esperar que exista cierto tiempo de tramitación debido al número de casos, a su antigüedad y al hecho de que se trata de empresas extranjeras. Entre otras cosas, hay que investigar si las partes siguen teniendo los mismos datos de contacto y si existen, o si la empresa se ha disuelto, por ejemplo.

Aun así, en la mayoría de los casos se espera que el reembolso se realice a lo largo de 2021.

Si la condena o sanción fue impuesta por la policía, el caso o condena será reabierto por la policía.

 

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